¿Compensa acogerse si la deuda no es enorme?

Guía

Las noticias sobre cancelación de deudas manejan cifras grandes, y eso hace pensar que el mecanismo es solo para insolvencias espectaculares. La ley no fija ningún importe mínimo: lo que exige es que no puedas pagar, no que debas mucho.

No hace falta deber medio millón

Las noticias sobre cancelación de deudas suelen manejar cifras grandes, y eso crea la idea de que el mecanismo es para insolvencias espectaculares. No lo es. La ley no fija ningún importe mínimo: lo que exige es que no puedas atender tus pagos con normalidad, no que debas una cantidad concreta.

Una deuda de veinte mil euros repartida entre cinco financieras, con intereses corriendo y llamadas cada semana, puede ser tan asfixiante como una de medio millón. Y se cancela igual.

Entonces, ¿siempre compensa?

No, y conviene decirlo claro. Es un procedimiento judicial y tiene un coste. Si la deuda es muy pequeña o tus ingresos permiten pagarla en un plazo razonable, quizá no sea tu mejor opción, y eso te lo diremos en la primera valoración antes de que gastes nada.

La pregunta correcta no es cuánto debes, sino cuánto tardarías en salir de ahí pagando lo que puedes pagar hoy. Si la respuesta son muchos años, o directamente nunca, el importe deja de ser lo relevante.

La trampa de las deudas pequeñas

Hay algo que hace este perfil más difícil de lo que parece: el número de acreedores. Cinco financieras de crédito rápido generan cinco reclamaciones, cinco procedimientos posibles y cinco veces las mismas llamadas. El coste de gestionar eso, en tiempo y en salud, no aparece en el saldo.

Además, en este perfil buena parte de lo reclamado ya no es dinero prestado. Son intereses, comisiones por impago y, cuando hay reclamación judicial, costas. La deuda crece sola aunque no vuelvas a pedir nada.

¿Cómo se resuelve un caso así?

Suele ser de los más rápidos. Quien tiene deuda pequeña normalmente no tiene patrimonio que liquidar, y eso lo lleva por la vía del concurso sin masa: no se nombra administración concursal, el procedimiento se resuelve en pocos meses y la deuda se cancela de una vez y de forma definitiva.

Y hay un efecto que en este perfil importa mucho: la resolución permite salir de los ficheros de morosidad. Para alguien que arrastra un impago pequeño pero lleva años sin poder financiar nada, eso a veces vale más que la propia cancelación.

Preguntas frecuentes

Se eliminó el acuerdo extrajudicial de pagos previo y el mediador concursal obligatorio, se permitió acudir directamente al juzgado, se introdujo el plan de pagos sin liquidación para conservar bienes y se abrió la exoneración parcial de deuda pública.

En muchos casos sí. El marco actual es más favorable que el anterior, por lo que conviene que un abogado revise si tu caso tendría recorrido con las reglas vigentes.

¿No sabes si tu caso compensa?

Te lo decimos con honestidad en la primera valoración, antes de que gastes nada. Si no te conviene, también te lo diremos.

Aviso: este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal. Cada situación debe valorarse individualmente.

Referencia: Texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, y Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma concursal.

¿Le sirve a alguien que conoces?

Enviar por correo

Empieza una nueva vida sin deudas

Ley de Segunda Oportunidad · Trabajamos en toda España · Despacho en Barcelona